Cualquier persona tiene derecho a pedir a los buscadores que nadie pueda buscar y obtener información sobre él
El Tribunal Supremo ha dado la razón a un ciudadano español que reclamó que los buscadores no facilitasen acceso a páginas con información de personas “anónimas”. El buscador Bing se negaba, aduciendo que sí que se deberían permitir búsquedas con los apellidos, aunque no con el nombre completo.
Cuando alguien accede a internet para obtener información sobre una persona, le basta con teclear su nombre en un buscador “para que este le diese una lista de resultados, cada uno de los cuales lo llevaban directamente a páginas webs que contienen alguna información sobre esa persona alojada en internet.
Los tribunales europeos dictaminaron que cualquier ciudadano, que no fuera personaje público, podía pedir a los buscadores que cuando se interesase por su nombre no se diesen resultados, es decir, enlaces donde pinchar para ir a webs con información suya, siempre que dicha información no fuera de interés público.
El buscador Bing se negó, aunque el tribunal europeo lo había dictaminado, y permitía que incluso habiendo solicitado su no indexación, ofreciese resultados cuando se buscaba con los dos apellidos, ya que consideraba que la jurisprudencia europea solo obligaba a impedir las búsquedas realizadas con el nombre de pila y apellidos, a lo que accedieron la Agencia de Protección de Datos y la Audiencia Nacional.
Sin embargo, en una sentencia que es firme, el Tribunal Supremo considera que la búsqueda con un nombre, incluye tanto la que se hace con el nombre de pila y apellidos como la que se hace solo con los apellidos, con lo que se desarrolla la jurisprudencia existente.
De esta forma, cualquier ciudadano tendrá derecho a pedir a los buscadores que nadie pueda buscar y obtener información sobre él en los mismos escribiendo en el buscador sus dos apellidos.
El derecho al olvido actúa especialmente sobre los buscadores para que éstos no contengan información sobre un individuo en concreto, y el criterio fundamental es el de la obsolescencia del material o una falta de relevancia pública que haga injustificable su presencia en el buscador.