Son varios los resultados que podemos obtener de la aplicación del Derecho al Olvido y también influye si estamos ante los responsables o los buscadores.
En este sentido, si nos encontramos ante los responsables, podremos optar por la eliminación completa de las publicaciones, el bloqueo a terceros, la retirada de los resultados del propio motor de búsqueda del portal web concreto o la anonimización.
Por su parte, los buscadores solo pueden retirar las publicaciones de los resultados de búsqueda.
Ahora bien, nos gustaría centrarnos en la anonimización, que tiene como objetivo imposibilitar la identificación de la persona mediante técnicas como la sustitución de los datos por las iniciales.
En relación con ello, vamos a comentar algunos de los mitos de la anonimización más extendidos y detectados por la Agencia Española de Protección de Datos.
La anonimización es lo mismo que la seudonimización
Es uno de los mitos más extendidos, ya que ambos términos son similares pero la diferencia entre ambos radica, sobre todo, en la finalidad de cada procedimiento.
Por anonimización, como hemos indicado anteriormente, debe entenderse toda aquella técnica que busque imposibilitar completamente la identificación de una persona.
Por su parte, la seudonimización tiene como finalidad reducir esa identificación, pero no imposibilitarla completamente.
Por tanto, los datos seudonimizados no impiden la identificación de la persona mediante información adicional, a diferencia de la anonimización que implica obstaculizar cualquier asociación entre otra información y los datos de la persona concreta.
La anonimización es lo mismo que cifrar los datos
Otro término que suele confundir es el cifrado. En este caso, el cifrado es una técnica de la seudonimización.

Normalmente, se trata de códigos que alteran la información y los datos para convertirlos en ilegibles o confidenciales, pero solo durante un periodo de tiempo puesto que siempre se podrán descifrar.
Cualquier dato puede ser anonimizado
Esta afirmación se considerará un mito dependiendo del sujeto concreto.
En este caso, debemos pensar que, si se trata de una persona sumamente conocida, la anonimización de los datos puede resultar inútil, puesto que todos podemos conocer el caso concreto y, por tanto, identificar a la persona sin necesidad de información adicional.
Un claro ejemplo sería el típico caso de corrupción. Si dicha trama se ha hecho eco en todos los medios y cadenas, por mucho que anonimicemos los datos del implicado, es muy probable que no tenga efecto alguno porque todos los espectadores conocen el caso.
Por tanto, realmente, todos los datos se pueden anonimizar, pero no siempre resultará útil.
La anonimización inutiliza los datos
Este mito se relaciona con la finalidad para la que fueron recogidos los datos concretos.
Muchos pueden pensar que la anonimización de los datos provoca su inutilidad, pero es completamente falso.
Los datos, a pesar de estar anonimizados, pueden seguir manteniendo la funcionalidad para el fin para el que fueron recogidos.
Ahora bien, dependiendo del caso, el responsable deberá valorar la situación, los diferentes factores y riesgos y determinar qué proceso y técnica son los más adecuados tanto para la parte que desea ver sus datos anonimizados como para la parte que los ha publicado.
La anonimización se puede automatizar completamente

Como ocurre con muchas otras cosas, hoy en día se busca la automatización de muchos procedimientos, pero, no debemos olvidar, que toda máquina puede equivocarse.
Por ello, es fundamental que, a pesar de contar con programas que nos puedan anonimizar los datos, se efectúe una revisión humana con el fin de asegurar que no se haya cometido ningún fallo.