El Tribunal de Justicia Europeo permite que se puedan borrar datos inexactos en Google

A partir de ahora, y con lo determinado por el Tribunal de Justicia Europeo, Google deberá eliminar aquellos datos que se determinen como incorrectos tras previa demostración mediante pruebas.

Años atrás los usuarios defensores de los derechos de privacidad se han manifestado para que el derecho al olvido sea una realidad en Internet, que la huella digital no sea imposible de borrar.

Todo comenzó con el caso ante el Tribunal de Justicia de la UE, dicho caso se refería al problema de dos ejecutivos de un grupo de empresas que pidieron a Google que borrarán varios artículos que vinculaban sus nombres con contenidos negativos que hacían cuestionar sus modelos de negocio.

A su vez, pedían borrar sus fotos, las cuales se encontraban en las miniaturas de los resultados de búsqueda. Finalmente, Google lo rechazó, con la excusa de que no sabían si la información de los artículos que pedían borrar era verdadera o no.

Más adelante, el tribunal alemán solicitó asesoramiento sobre cuál era el punto medio entre el derecho a la libertad de expresión e información y el derecho al olvido.

Por lo que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea aclaró: “El operador de un motor de búsqueda debe desreferenciar aquellos datos que la persona demuestre que son inexactos”.

Añade que la prueba de la inexactitud de la información no tiene por qué venir de parte de una decisión judicial. Los usuarios solamente tienen que proporcionar pruebas que puedan ser razonablemente requeridas para determinar la inexactitud del contenido.

El portavoz del TJUE, explica que desde 2014 han estado trabajando para poder implementar el derecho al olvido en Europa y poder encontrar el equilibrio entre el derecho a la información y el derecho a la privacidad.

Dicho tribunal en el mismo año consagró el derecho a ser olvidado, diciendo que los usuarios podrían pedir a los motores de búsqueda, como por ejemplo Google, que eliminen datos inadecuados o no relevantes que aparecen en las búsquedas al escribir sus nombres.

Dicha sentencia precedió a las históricas políticas de privacidad de la UE, las cuales entraron en vigor en 2018, establece que el derecho al olvido es inutilizable cuando el procesamiento de datos personales sea totalmente necesario para el derecho a la información.

El derecho al olvido y el derecho a la información se contraponen directamente, por ello es necesario que se definan parámetros concretos para que no surjan dudas por parte de los usuarios.

A continuación, os adjuntamos un enlace a una entrada de nuestro blog donde explicamos cuándo prima cada derecho: ENLACE

Comparte:

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *