Te acuerdas de aquellas fotos que subió tu ex novia a la red y que ya no quieres ver y que no quieres que nadie vea, te acuerdas de aquellas fotos cuando eras adolescente que te hiciste con los amigos con la cara llena de granos y los brackets, te acuerdas de aquellas fotos de aquella noche de juerga que tus amigos subieron a la red y que te pareció muy divertido en ese momento pero que ahora que tienes que buscar trabajo y van a encontrar este vídeo al buscar tu nombre y apellidos.
Todo esto es el derecho al olvido, cómo se ejercita y para qué sirve. Desde teborramos queremos compartir este artículo con vosotros para que de algún modo os sea útil.
El derecho al olvido tiene mucho que ver con la ley de protección de datos, de hecho, lo que está en la red son datos e imágenes que son nuestras y personales. Ya venía regulado anteriormente que cada uno tiene derecho a su privacidad, intimidad personal e incluso puede arrepentirse de lo que hizo en determinado momento, incluso de los vídeos que subió, las películas caseras que filmó y tiene derecho a que estas películas caseras sean retiradas y esos vídeos sean retirados de la red.
Es realmente cierto que podéis borrar lo que hay en la red, realmente cierto que la ley os asiste y tenéis derecho a que sean borrados.
Técnicamente es probablemente imposible que lo que se sube a la red se borre en la red, en la práctica no podréis hacer desaparecer algunas cosas de lo que hayáis subido porque habrá sido compartido, porque habrá sido descargado, porque estará en un montón de servidores inaccesibles, lo que sí se puede hacer es solicitar aquellas páginas de búsqueda, a aquellas plataformas que sirven para buscar contenido que borren o que eliminen los resultados.
Google empezó en 2014 a atender todas estas peticiones, empezó en 2014 porque es cuando salió una sentencia del Gran Tribunal de Justicia de Bruselas.
Google ha recibido desde que esto está vigente en el año 2014, hasta la fecha de hoy casi 730.000 peticiones.
Estas 730.000 peticiones han supuesto casi 2.800.000 de links eliminados, los demás buscadores también tienen sus estadísticas.
Pero no podéis eliminar todo lo que queréis, por ejemplo, existe una sentencia de mayo de 2014, sobre un señor que era una persona pública que solicitaba que se eliminarán unos links que estaban en Google cuando ponía su nombre y le derivaban a otras páginas y a unas noticias de un conocido periódico español que era La Vanguardia, donde se explicaba que había sido embargado. Esto atentaba contra el honor de esta persona, que esto siguiera allí, porque el embargo ya había pasado y había sido solucionado de una forma favorable.
Si bien en las primeras sentencias se dio la razón a este señor pero respecto únicamente a los links de Google, no a las noticias, porque se considera que no todos los derechos que tiene cada uno llegan a todos los niveles, sino que hay que ponerlos y equilibrarlos junto al derecho a la libertad de expresión, la libertad de información y a la libertad periodística.
Hay que justificar y pensar las causas por las cuales queremos que esos links se eliminen, obviamente los casos que hemos dicho al principio son casos en los que no interviene nada de este derecho a la información, pero otros casos como éste en ellos sí intervienen y lo que resolvió el tribunal en primera instancia y también al final el Tribunal Supremo, es que Google como plataforma de integración de contenidos, tenía que borrar esos links y estaba obligado a hacerlo a petición del otro, porque el link en sí mismo no contiene ninguna información, no así La Vanguardia que ya había publicado efectivamente y correctamente las informaciones y que se publican en la fecha en la que son y se puede saber perfectamente cuáles son y también si ha sido o no ha sido solucionado y desde luego no atentaba contra el honor porque eran informaciones de carácter verídico.
¿Cómo se hace? Tenéis que completar unos formularios porque es obligatorio primero hacer un requerimiento a los buscadores.
Google, Yahoo y Bing los tres buscadores principales tienen su formulario, también podéis buscar vosotros, pero en estos buscadores os aparecerá un formulario que debéis completar identificando quiénes sois, que sois efectivamente vosotros mismos, identificando todo aquello que queréis borrar.
Supuestamente los buscadores deberían responderán en cierto tiempo y darán de baja los links y dejaréis de aparecer, pero por regla general no lo hacen y si no lo hacen, ¿Qué es lo que se puede hacer entonces? Hay que acudir a otros medios, es decir a la Agencia de Protección de Datos porque Google no está eliminando y no ha atendido debidamente vuestro requerimiento por alguna razón que evidentemente tendrá que motivar.
O bien podéis acudir a los tribunales, directamente es recomendables la Agencia de Protección de Datos española, que es la que entiende qué estas plataformas son responsables del tratamiento y es la única medida que se puede tomar para que vosotros podáis ejercitar el derecho al olvido, que el derecho al olvido al fin y al cabo es que no os encuentren no que desaparezca el contenido que ya está en la red
Para poder ejercitar tu derecho al olvido solo tienes que poner tus datos en nuestro formulario e identificar aquellos links que quieres eliminar.