Aplicado por primera vez en Argentina el “derecho al olvido”
Natalia Denegeri ha ganado su demanda contra Google y éste deberá quitar de su buscador todas las referencias al pasado mediático de la mujer, que salto a la fama por el caso Cóppola en 1996. Actualmente está radicada en Miami, es empresaria gastronómica y propietaria de una productora de contenidos cinematográficos ganadora de 13 premios Emmy.
Los jueces Claudio Kiper, Liliana Abreut y josé Benito Fajre de la Camara Nacional en lo Civil confirmaron que en su caso se aplicara el “derecho al olvido” y tendrá que procederse a la desindexacion de los enlaces que exhibieran vídeos o imágenes de su pasado mediático, así como también cualquier reportaje televisivo en el que hubiera ofrecido información sobre su vida privada.
Asimismo, los letrados de primera como de segunda instancia consideraron que los contenidos expuestos que aparecían en el buscador “exhiben escenas cuya relevancia estuvo claramente vinculada más con lo grotesco que con lo informativo y no presentan interés periodístico alguno, sino que su publicación parece hallarse fundada en razones de morbosidad”.
En el fallo la justicia reconoce a Natalia como victima de una maniobra delictiva, mediante la cual no actuó por su voluntad, sino que fue introducida en la causa por medios de extorsiones y amenazas, llegando a implantarle pruebas falsas y privándole de su libertad. Recordemos que era menor de edad cuando todo esto ocurrió, tenia 17 años y fue victima de un proceso judicial.
El abogado de Denegeri, destaco que esta es la primera vez que se aplica el “derecho al olvido” en Argentina y que se sentará precedentes en la jurisprudencia argentina con respecto a la responsabilidad de los buscadores de Internet.
¿QUÉ ES EL DERECHO AL OLVIDO?
El derecho al olvido comenzó a aplicarse en 2014 en Europa y el concepto luego se extendió al resto del mundo.
Consiste en el derecho que tiene una persona física a solicitar a los buscadores de Internet que retiren información personal de sus resultados de búsqueda.
Puede ejercitarlo cualquier persona física (no empresa o autónomo en el ejercicio de su profesión) cuyos datos no se estén tratando correctamente de acuerdo con la normativa aplicable en materia de protección de datos.
Requisitos establecidos en la normativa en materia de protección de datos:
- Carácter personal del dato (Que sea claramente identificable con una persona en concreto)
- Que este actualizada (Criterio de la no obsolescencia)
- Que sea cierta (Datos / Noticias ciertas)
- Noticiabilidad / Interés Publico